Las controversias, discrepancias y conflictos que presenten las partes (personas naturales y/o jurídicas), transformarlas en una cultura de paz, que coadyuven al desarrollo de la Ingeniería y del País.
Que el CA-CIP-CD Amazonas, se consolide como una institución preventiva de las discrepancias, controversias y conflictos, amparados en la ética, experiencia, imparcialidad y neutralidad.
Las partes acuerdan que todo litigio o controversia resultante de este contrato o relativo a este, se resolverá mediante arbitraje organizado y administrado por el Centro de Arbitraje del Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de la Amazonas, de conformidad con sus reglamentos vigentes, a los cuales las partes se someten libremente, señalando que el laudo que se emita en el proceso será inapelable y definitivo.